Formulario I-220A y Solicitud de Asilo
El Formulario I-220A no constituye una solicitud de asilo ni garantiza una concesión de protección. El formulario legalmente requerido para solicitar asilo, retención de remoción (withholding of removal) y protección bajo la Convención Contra la Tortura (CAT) es el Formulario I-589 de USCIS.
Puntos Esenciales sobre el Asilo
- Regla del Año: El portal de Asilo de USCIS señala que, por regla general, la solicitud de asilo (Formulario I-589) debe presentarse dentro del primer año de la llegada física a los EE. UU., salvo excepciones legales por circunstancias cambiadas o extraordinarias.
- Temor Creíble: Una declaración de temor ante un oficial fronterizo o en un centro de detención no equivale a la presentación formal del I-589.
- Jurisdicción:
- Si el NTA fue presentado ante la Corte de Inmigración y el caso está docketed en EOIR, el asilo es defensivo y debe presentarse ante el tribunal conforme a las reglas explicadas en Beneficios migratorios en procedimientos EOIR.
- Si el NTA no se ha radicado en la Corte, la solicitud puede corresponder a la jurisdicción de USCIS de forma afirmativa.
Tipos de Protección frente a Estatus
| Protección | Significado |
|---|---|
| I-589 Presentado | Existe una solicitud en trámite; no implica aprobación. |
| Asilo Pendiente | Permite sostener ciertas solicitudes auxiliares (como permiso de trabajo), pero no es estatus legal permanente. |
| Asilo Concedido | Decisión favorable emitida por un juez de EOIR o un oficial de USCIS que otorga estatus de asilado. |
| Withholding / CAT | Protecciones contra la deportación a un país específico, con requisitos y beneficios distintos al asilo. |
💬 Comentarios de la Comunidad(Requiere sesión activa en Facebook)