⚠️

¡Unidos somos más fuertes! A toda la comunidad con Formulario I-220A: la desinformación y el aislamiento son nuestros mayores obstáculos. Este portal nació como una herramienta jurídica pública, independiente y gratuita para que cada persona conozca sus derechos reales con base en la ley y las cortes federales. Compartir es unir: cuando compartes información verídica con un hermano o familia con I-220A, estás protegiendo a nuestra comunidad y fortaleciendo nuestra causa común. ¡Sigamos unidos y construyendo comunidad!

Condiciones de Liberación y Reportes con ICE

La liberación bajo el Formulario I-220A exige el cumplimiento estricto de las condiciones de supervisión impuestas por la división de Enforcement and Removal Operations (ERO) de ICE.


Programación de Citas y Check-In con ICE

Para gestionar o verificar la fecha de comparecencia ante las oficinas de ICE, se debe recurrir al portal oficial de ICE Check-In para programar o cambiar citas.

  • Registro de Comprobantes: Es fundamental conservar captura de pantalla, número de confirmación y constancia impresa de cada cita agendada o asistida.
  • Diferencia entre Cita con ICE y Audiencia de Corte: Cumplir una cita con ICE no satisface la obligación de comparecer ante la Corte de Inmigración (EOIR), ni viceversa. Son dos sistemas separados.

Programas de Alternativas a la Detención (ATD / ISAP)

ICE utiliza programas de supervisión intensiva de casos conocidos como Alternatives to Detention. Las preguntas frecuentes sobre estas modalidades se detallan en la guía oficial de ICE Alternatives to Detention FAQ.

  • Los programas pueden incluir uso de aplicaciones móviles, llamadas telefónicas periódicas o dispositivos de localización.
  • La inscripción en ATD no constituye un estatus migratorio ni garantiza la permanencia definitiva en el país.

Riesgo de Nueva Detención

La liberación bajo recognizance no otorga inmunidad frente a una nueva detención si la persona incumple sus condiciones o si la agencia modifica la determinación de custodia de acuerdo con las facultades otorgadas por 8 U.S.C. § 1226 y reguladas en 8 C.F.R. § 1003.19.

💬 Comentarios de la Comunidad(Requiere sesión activa en Facebook)